El Servicio Andaluz de Empleo, adscrito a la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, lanza una nueva convocatoria de incentivos para favorecer la conciliación de la vida personal, laboral y familiar de las personas trabajadoras.
La convocatoria, publicada junto con su extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) de 29 de junio de 2021, contienen tres líneas de ayudas económicas que conforman, junto a otras medidas de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo desarrolladas en la orden de 5 de octubre de 2020, un paquete de nueve subvenciones en materia de empleo que impulsarán la activación del mercado de trabajo al tiempo que atienden la necesidad de conciliar la vida laboral con la personal y familiar.
Las tres ayudas que desarrollará el Servicio Andaluz de Empleo beneficiarán en torno a 640 personas desempleadas y cuantan con un presupuesto total de tres millones de euros y las subvenciones se concederán de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias existentes con cargo a los créditos del presupuesto de la Agencia Servicio Andaluz de Empleo.
Cuantía de las ayudas
La nueva convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, recoge tres líneas de ayudas:
- Línea 1. Subvenciones a la contratación para el impulso de medidas de flexibilidad horaria a través del fomento del trabajo a distancia.
- Objeto: promover la igualdad de oportunidades en el acceso y permanencia en el empleo de hombres y mujeres, remover los obstáculos que sobre el mismo producen las responsabilidades derivadas del ámbito familiar, y favorecer la conciliación de la vida personal, familiar y laboral en Andalucía.
- Cuantía: incentivo de 8.000 euros por contrato, incrementándose esa cantidad en un 10% (8.800 euros) cuando la persona contratada sea mujer.
- Presupuesto: 1,5 M€.
- Personas o entidades destinatarias: las empresas privadas, cualquiera que sea su forma jurídica, las personas trabajadoras autónomas y las entidades sin ánimo de lucro privadas, que cuenten con domicilio fiscal y un centro de trabajo en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
- Línea 2. Subvenciones dirigidas a la contratación de personas desempleadas para la atención y el cuidado de personas con discapacidad o dependencia en el ámbito familiar.
- Objeto: reducir las desigualdades existentes en el mercado de trabajo entre hombres y mujeres, motivadas por situaciones vinculadas al ámbito familiar que dificultan la conciliación de la vida personal, familiar y laboral, así como la creación de empleo y mejora de la integración de las personas trabajadoras dedicadas a la actividad en el servicio del hogar.
- Cuantía: 3.000 euros por contrato a jornada completa y por un periodo mínimo de 12 meses. Cuando los ingresos de la unidad familiar no superen en cómputo anual 2 veces el Salario Mínimo Interprofesional, el incentivo se incrementa hasta los 4.000 euros. Otros 1.500 euros por cada nuevo periodo de 12 meses.
- Presupuesto: 750.000 euros.
- Personas o entidades destinatarias: la persona integrante de la unidad familiar que contrata y que figura como titular del hogar familiar en el documento de cotización a la Seguridad Social de la persona contratada para el cuidado de la persona dependiente, conforme a lo previsto en el apartado 4.a).1.º del cuadro resumen de las bases reguladoras.
- Línea 3. Subvenciones dirigidas a la contratación de personas desempleadas para el cuidado o atención de hijos o hijas menores de 3 años.
- Objeto: facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar de las personas trabajadoras andaluzas con hijos e hijas menores de tres años a cargo, y promover la igualdad de oportunidades en el ámbito laboral, así como la creación de empleo para las personas dedicadas a la actividad en el servicio del hogar en Andalucía.
- Cuantía: incentivo de 3.000 euros por contrato y se eleva a 4.000 euros si la unidad familiar no supera dos veces el SMI.
- Presupuesto: 750.000 euros.
- Personas o entidades destinatarias: podrán solicitar las subvenciones las personas integrantes de la unidad familiar que tengan a su cargo hijos o hijas menores de tres años por nacimiento o adopción, tutela o guarda con fines de adopción, o acogimiento permanente, que figuren como empleadora y titular del hogar familiar en el documento de cotización a la Seguridad Social de la persona empleada de hogar contratada, en virtud de lo establecido en el apartado 4.a).1 del cuadro resumen de las bases reguladoras.
Plazos y formas de presentación de solicitudes
El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes a contar desde la fecha de inicio de la actividad laboral de la persona trabajadora. Para aquellas contrataciones realizadas desde el día 1 de enero de 2021 y hasta la entrada en vigor de esta resolución, el plazo para la presentación de estas solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.