Hacienda refuerza el control de Bizum, tarjetas y TPV en 2026: qué deben revisar autónomos y empresas
Actualizado el 24 de agosto de 2026
La Agencia Tributaria dispone en 2026 de más información financiera sobre los cobros recibidos por empresarios y profesionales. Entre las novedades más relevantes se encuentra el suministro mensual de datos relacionados con ingresos obtenidos mediante tarjetas, terminales de punto de venta y pagos asociados a números de teléfono móvil.
Esto ha provocado cierta preocupación entre autónomos y pequeños negocios, especialmente por los cobros realizados mediante Bizum. Sin embargo, conviene aclarar desde el principio una cuestión importante: Bizum no tiene un impuesto específico y recibir un pago por esta vía no genera automáticamente una obligación tributaria nueva.
Lo relevante no es el medio utilizado para cobrar, sino la naturaleza de la operación. Si el pago corresponde a una venta o a un servicio profesional, deberá registrarse, facturarse y declararse igual que si se hubiese recibido mediante transferencia, tarjeta o efectivo.
¿Qué ha cambiado en 2026?
El Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2026 establece que la Agencia Tributaria contará con información financiera más frecuente y detallada.
Entre otros datos, Hacienda podrá disponer mensualmente de información sobre:
- Titularidades de cuentas bancarias.
- Cobros obtenidos mediante tarjetas.
- Ingresos gestionados a través de terminales de punto de venta.
- Pagos asociados a números de teléfono móvil realizados a empresarios y profesionales.
Además, se ha ampliado el número de entidades obligadas a suministrar información, incluyendo determinadas entidades de pago y de dinero electrónico.
El objetivo es detectar diferencias entre los ingresos conocidos por la Administración y los importes declarados por el contribuyente.
¿Significa esto que Hacienda controla todos los Bizum?
No todos los movimientos realizados mediante Bizum tienen la misma naturaleza.
Debe distinguirse entre:
- Pagos por una actividad económica.
- Transferencias entre familiares.
- Reparto de gastos entre amigos.
- Devolución de un préstamo.
- Cobro de una venta profesional.
- Pago de una factura.
- Venta ocasional de un objeto usado.
- Donaciones.
El uso de una misma aplicación no convierte todas las operaciones en ingresos profesionales. No obstante, cuando un empresario o autónomo utiliza Bizum para cobrar a sus clientes, esos importes forman parte de su actividad y deben quedar correctamente registrados.
La Agencia Tributaria puede contrastar la información recibida de las entidades financieras con:
- Las declaraciones de IVA.
- Los pagos fraccionados de IRPF.
- El Impuesto sobre Sociedades.
- Las declaraciones informativas.
- Los libros registro.
- La contabilidad.
- Las facturas emitidas.
- Los movimientos de las cuentas vinculadas al negocio.
Si los importes no resultan coherentes, podrían producirse avisos, requerimientos o procedimientos de comprobación.
Un Bizum profesional debe tratarse como cualquier otro cobro
Cuando un cliente paga un servicio o una venta mediante Bizum, el ingreso debe seguir el mismo tratamiento que cualquier otro cobro profesional.
Esto implica, cuando corresponda:
- Emitir la factura o justificante adecuado.
- Registrar el ingreso en la contabilidad o en los libros fiscales.
- Incluir la operación en las declaraciones de IVA.
- Declarar el rendimiento en el IRPF o en el Impuesto sobre Sociedades.
- Conservar la documentación que permita identificar la operación.
El medio de pago no sustituye a la factura. El mensaje incluido en la aplicación tampoco acredita por sí solo todos los datos necesarios para justificar correctamente una operación.
¿Es obligatorio tener un Bizum separado para el negocio?
Con carácter general, la normativa tributaria no exige a todos los autónomos contratar necesariamente una cuenta bancaria distinta para su actividad.
Sin embargo, mezclar en una misma cuenta cobros profesionales, gastos personales, transferencias familiares y pagos privados puede dificultar considerablemente la justificación de los movimientos.
Para mejorar el control resulta recomendable:
- Utilizar una cuenta destinada principalmente a la actividad.
- Configurar una modalidad de cobro profesional cuando corresponda.
- Evitar recibir pagos de clientes en el teléfono personal de un familiar.
- Conciliar periódicamente los cobros con las facturas emitidas.
- Identificar correctamente el concepto de cada operación.
- Conservar las devoluciones y anulaciones.
- No eliminar los justificantes antes de completar la revisión contable.
Separar las operaciones no solo facilita una posible comprobación. También permite conocer con mayor precisión la tesorería y la rentabilidad del negocio.
¿Qué ocurre con los pagos entre particulares?
Enviar dinero a un amigo para pagar una comida compartida no constituye, por sí mismo, un ingreso profesional. Tampoco debería confundirse automáticamente con una venta el reintegro de un gasto adelantado.
El problema puede aparecer cuando:
- Se reciben numerosos movimientos sin concepto.
- Los importes son frecuentes o regulares.
- Los pagos proceden de muchas personas diferentes.
- El titular desarrolla una actividad relacionada con esos cobros.
- No existe documentación para explicar el origen del dinero.
- Los movimientos personales y profesionales están completamente mezclados.
En esas situaciones será más importante acreditar la naturaleza real de cada operación.
Un mensaje como “varios”, “gracias” o un símbolo no siempre será suficiente para explicar un cobro si posteriormente se solicita información.
Ventas de objetos usados
La venta ocasional de un bien personal usado no equivale necesariamente a desarrollar una actividad económica.
No obstante, debe analizarse si existe una ganancia patrimonial y si las operaciones son realmente ocasionales. La compra repetida de productos para revenderlos, la organización habitual de las ventas o la existencia de un margen comercial pueden indicar una actividad económica.
Conviene conservar:
- Factura o justificante de adquisición.
- Fecha de compra.
- Precio original.
- Anuncio de venta.
- Justificante del cobro.
- Precio final.
- Gastos asociados.
Esta documentación permite demostrar si se produjo una ganancia, una pérdida o una simple transmisión de un bien de uso personal.
Donaciones y transferencias familiares
Un envío de dinero entre familiares no se convierte en una venta por realizarse mediante Bizum, pero tampoco queda automáticamente fuera de cualquier obligación fiscal.
Cuando existe una verdadera donación puede resultar aplicable el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, cuya regulación depende en parte de la comunidad autónoma y de la relación entre las personas implicadas.
Si se trata de un préstamo familiar, resulta aconsejable documentar:
- Identidad de las partes.
- Importe.
- Fecha de entrega.
- Plazo de devolución.
- Existencia o ausencia de intereses.
- Calendario de pagos.
La documentación permite distinguir un préstamo de una donación y explicar los movimientos si fueran objeto de consulta.
Qué sectores pueden recibir mayor atención
El Plan de Control Tributario de 2026 presta especial atención a actividades con riesgo de economía sumergida y a situaciones en las que los datos declarados no coinciden con la información financiera disponible.
Entre los comportamientos que pueden elevar el riesgo se encuentran:
- Negocios que no admiten pagos con tarjeta.
- Uso intensivo de efectivo.
- Cobros mediante medios de pago situados en el extranjero.
- Ventas declaradas que no guardan relación con las compras o existencias.
- Signos externos de riqueza incompatibles con las rentas declaradas.
- Comercio electrónico con ingresos no registrados.
- Utilización de cuentas de terceros para cobrar a clientes.
- Diferencias continuadas entre TPV, banco, facturación y contabilidad.
No admitir tarjetas no constituye por sí solo una infracción tributaria. Sin embargo, la Agencia Tributaria ha anunciado que prestará atención a determinados establecimientos que rechacen medios bancarios para comprobar el correcto cumplimiento de sus obligaciones.
Errores frecuentes con Bizum y TPV
Registrar solamente el importe ingresado en el banco
Las comisiones del proveedor de pagos no reducen el importe de la venta. Debe registrarse el ingreso completo y contabilizar la comisión como gasto, cuando sea fiscalmente deducible.
Contabilizar dos veces una operación
Puede ocurrir cuando se registra primero la factura y después el movimiento del banco como si fuera un ingreso distinto. La conciliación debe identificar que ambos apuntes corresponden a una misma operación.
No registrar los cobros devueltos
Las devoluciones deben quedar vinculadas con la operación original y documentarse correctamente. No basta con borrar el ingreso inicial.
Usar cuentas de familiares
Recibir pagos profesionales en una cuenta o teléfono de otra persona complica la trazabilidad y puede provocar requerimientos tanto al titular de la actividad como al titular de la cuenta.
Confundir fecha de factura y fecha de cobro
La fecha en la que se declara una operación no depende siempre del momento en el que se recibe el dinero. Deben aplicarse las reglas de devengo correspondientes al impuesto y al tipo de operación.
Utilizar el concepto del Bizum como factura
Un concepto breve no sustituye a una factura completa cuando existe obligación de expedirla.
Cómo revisar los cobros antes del cierre trimestral
Una revisión periódica puede evitar que los errores se acumulen hasta final de año.
El procedimiento puede organizarse así:
- Descargar los movimientos bancarios del periodo.
- Obtener los informes de Bizum, TPV y plataformas de pago.
- Comparar los cobros con las facturas emitidas.
- Identificar operaciones pendientes de facturación.
- Separar movimientos personales y profesionales.
- Revisar devoluciones, anulaciones y comisiones.
- Comprobar la numeración de las facturas.
- Analizar posibles diferencias entre ventas, IVA y cobros.
- Guardar los justificantes en un archivo organizado.
- Comunicar las incidencias a la asesoría antes de presentar los impuestos.
La facturación y los cobros no tienen que coincidir exactamente en todo momento: pueden existir anticipos, pagos aplazados, facturas pendientes, devoluciones o diferencias temporales. Lo importante es poder explicar y documentar la conciliación.
¿Qué hacer si se detecta un ingreso no declarado?
Si un autónomo o una empresa descubre que ha omitido una operación, no debería esperar necesariamente a recibir un requerimiento.
Dependiendo del impuesto, periodo y situación, puede ser posible presentar una autoliquidación rectificativa, una declaración complementaria o realizar la corrección correspondiente.
La forma adecuada dependerá de:
- El impuesto afectado.
- El resultado original.
- La fecha de presentación.
- La existencia de un requerimiento previo.
- El motivo del error.
- Si la corrección aumenta o reduce la cantidad a pagar.
Conviene analizar el caso antes de presentar cualquier modificación, ya que una corrección incorrecta puede generar nuevas incidencias.
Más información no significa que todos vayan a ser inspeccionados
El aumento de información financiera no implica que todos los usuarios de Bizum vayan a recibir una inspección.
La Agencia Tributaria utiliza sistemas de análisis de riesgos para detectar incoherencias y seleccionar las actuaciones. Una contabilidad ordenada, facturas correctas y una adecuada correspondencia entre cobros e ingresos declarados reducen considerablemente los problemas ante una comprobación.
La mejor estrategia no consiste en dejar de utilizar medios electrónicos, sino en integrarlos correctamente en la gestión del negocio.
¿Necesitas revisar tus cobros y tu facturación?
En Benavides Asesores ayudamos a autónomos y empresas a conciliar sus cobros mediante Bizum, tarjeta, TPV y transferencia con la facturación y las declaraciones tributarias.
Si utilizas distintos medios de cobro o has detectado diferencias entre el banco y la contabilidad, puedes contactar con nuestro despacho en el 953 225 907. Revisaremos tu situación antes de presentar los próximos impuestos.
Este artículo tiene carácter informativo y está actualizado a 24 de agosto de 2026. El tratamiento fiscal de cada movimiento depende de su verdadera naturaleza y de las circunstancias de las personas implicadas.







