Con el mes de septiembre llegando a su fin, es crucial que como autónomo o pyme en Jaén tengas claro qué obligaciones fiscales te esperan con el cierre del tercer trimestre del año. El periodo julio-septiembre concluye, y eso significa que en las próximas semanas deberás preparar y presentar varios modelos tributarios ante la Agencia Tributaria. No te relajes, la recta final del año fiscal ya está aquí y la planificación es clave para evitar sustos.
¿Qué modelos trimestrales son los más comunes para autónomos y pymes?
Aunque las obligaciones pueden variar según tu actividad y régimen fiscal, hay una serie de modelos que la mayoría de autónomos y pequeñas empresas deben presentar. Conocerlos y tener la documentación organizada de antemano te ahorrará tiempo y posibles sanciones.
Declaraciones de IVA: Modelo 303 y Modelo 390 (resumen anual)
El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) es, sin duda, una de las principales declaraciones trimestrales. Si tu actividad está sujeta a IVA, deberás presentar el Modelo 303.
- Modelo 303 (IVA Trimestral): Aquí declararás el IVA repercutido (el que cobras a tus clientes) y el IVA soportado (el que pagas en tus compras y gastos). La diferencia determinará si te sale a pagar, a devolver o a compensar para el siguiente trimestre. Es fundamental tener todas tus facturas de ingresos y gastos de julio, agosto y septiembre correctamente registradas y clasificadas.
- Modelo 390 (Resumen Anual de IVA): Aunque es una declaración anual, es importante que sepas que el Modelo 390 se presenta en enero del año siguiente y resume todas las operaciones de IVA del ejercicio. Llevar un buen control trimestral te facilitará enormemente la preparación de este resumen anual cuando llegue el momento.
Declaraciones de IRPF: Modelos 130 y 131
Si eres autónomo y tributas por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), tienes que liquidar tus pagos fraccionados.
- Modelo 130 (Pago Fraccionado IRPF – Estimación Directa): Si eres autónomo y tributas en el régimen de estimación directa (normal o simplificada), debes presentar este modelo. En él, adelantas a Hacienda un porcentaje de tus rendimientos netos acumulados del trimestre (ingresos menos gastos deducibles). Es una forma de ir pagando el IRPF a cuenta de tu declaración anual de la Renta.
- Modelo 131 (Pago Fraccionado IRPF – Estimación Objetiva o Módulos): Si estás en el régimen de estimación objetiva (módulos), este es tu modelo. Aquí el cálculo no se basa en ingresos y gastos reales, sino en una serie de indicadores o módulos preestablecidos (personal empleado, consumo de energía, etc.).
Retenciones e ingresos a cuenta: Modelos 111 y 115
Si tienes trabajadores a tu cargo o alquilas un local, estos modelos te afectan directamente.
- Modelo 111 (Retenciones e Ingresos a Cuenta del IRPF): Si pagas nóminas a tus empleados o facturas a profesionales (otros autónomos) que te aplican retención de IRPF, debes presentar este modelo. En él declaras e ingresas a Hacienda las retenciones que has practicado en el tercer trimestre. Es una obligación como pagador.
- Modelo 115 (Retenciones e Ingresos a Cuenta sobre Alquileres de Inmuebles Urbanos): Si tienes un local de negocio alquilado para tu actividad, y el propietario te repercute retención en el alquiler, eres tú quien debe ingresar esa retención a Hacienda a través de este modelo. Es decir, retienes una parte del alquiler al propietario y lo ingresas a la Agencia Tributaria.
Fechas clave para la presentación
Los plazos para la presentación telemática y el ingreso de estos modelos trimestrales suelen ser los mismos: desde el día 1 hasta el día 20 del mes siguiente al cierre del trimestre. Esto significa que para el tercer trimestre (julio, agosto, septiembre), el plazo habitual para la mayoría de modelos es del 1 al 20 de octubre. Es fundamental que marques estas fechas en tu calendario y tengas toda la información preparada con antelación.
Consejos para afrontar el cierre trimestral sin estrés
- Organización de la documentación: Mantén tus facturas de ingresos y gastos, tanto emitidas como recibidas, perfectamente ordenadas y al día. Digitalizarlas es una excelente práctica.
- Conciliación bancaria: Revisa tus movimientos bancarios para asegurarte de que todas las operaciones están registradas y justificadas con sus correspondientes facturas.
- Anticipación: No esperes al último día. Empezar a revisar la documentación a principios de octubre te dará margen para corregir errores o recopilar información que falte.
- Consulta profesional: Si tienes dudas sobre qué modelos debes presentar, cómo calcular las bases o qué gastos son deducibles, no dudes en consultar con tu asesoría. La normativa fiscal es compleja y está en constante cambio.
El cierre del tercer trimestre es una cita importante con Hacienda. Asegúrate de tenerlo todo bajo control para cumplir con tus obligaciones fiscales a tiempo y evitar posibles recargos o sanciones. En Benavides Asesores, estamos aquí para ayudarte a gestionar tus impuestos de la forma más eficiente y sin preocupaciones.
Si necesitas ayuda con la preparación y presentación de tus modelos trimestrales, o tienes cualquier duda sobre tus obligaciones fiscales, no dudes en contactar con nosotros. Llámanos al 953 22 59 07 y te asesoraremos de forma personalizada.
El contenido de este artículo es meramente informativo y orientativo. No constituye asesoramiento legal o fiscal y no debe tomarse como sustituto del consejo profesional personalizado para cada caso concreto.
Preguntas frecuentes
¿Qué modelos fiscales debo presentar al cierre del tercer trimestre?
Al cierre del tercer trimestre, los autónomos y pymes suelen presentar el Modelo 303 de IVA, y los Modelos 130 o 131 de IRPF. Si tienes empleados o alquilas un local, también los Modelos 111 y 115 de retenciones.
¿Cuál es el plazo para presentar los modelos del tercer trimestre?
El plazo habitual para presentar los modelos trimestrales correspondientes a julio, agosto y septiembre es del 1 al 20 de octubre. Es fundamental cumplir con estas fechas para evitar recargos.
¿Qué ocurre si no presento mis modelos fiscales a tiempo?
No presentar los modelos fiscales a tiempo puede acarrear recargos por declaración extemporánea y posibles sanciones por parte de la Agencia Tributaria. Es crucial estar al día con las obligaciones para evitar problemas.







